martes, 1 de diciembre de 2015
miércoles, 16 de septiembre de 2015
Estilo rico, estilo pobre, de Luis Magrinyà
Dejando
a un lado las definiciones meramente ostensivas, nadie –ni siquiera Herbert
Spencer (sí, el padre del darwinismo social), que allá por 1852 publicó un
artículo, «The philosophy of style», todavía leído en algunos campus
universitarios– ha sabido definir con cierto grado de precisión qué cosa es el
estilo. ¿Qué hacer?, con perdón de la expresión: tal vez lo único que podemos
hacer con el estilo literario es analizarlo
con cuidado y, si es posible, con distancia y sentido del humor. Después de
la aparición de Habitación doble en
2010, Luis Magrinyà (Palma de Mallorca, 1960) ha cumplido con disciplina postsoviética
su plan quinquenal de publicación, aunque este año no ha dado a la imprenta un
agregado de nouvelles o una novela,
sino una recopilación ordenada de los artículos que escribió entre 2012 y 2014
en su sección l&l («Lengua y
literatura») de
los periódicos El Diario y El País.
Puede parecer una boutade citar a
Rimbaud en la reseña del último libro del autor de Intrusos y huéspedes, pero cuando leí un pasaje de la introducción
de Magrinyà –precedida de un jovial prólogo de José Antonio Pascual– recordé inmediatamente
aquella frase del poeta eternamente niño según la cual el estilo es «una forma
de abandono, una renuncia». «El estilo –escribe Magrinyà– consiste precisamente
en la identificación de lo prescindible» (p. 30). Es verdad que esta aserción hace
referencia únicamente a la pobreza estilística, uno de los cuatro núcleos
temáticos (¿es lícito utilizar esta locución?) en que está dividido el libro. Me
parece, sin embargo, que el enunciado –suprímase el adverbio y leeremos un buen
aforismo– expresa una de las ideas rectoras de un volumen del que, si algo
interesa, es fundamentalmente su pars
destruens. Magrinyà –que, aunque trabajó nueve años en la rae como lexicógrafo, guarda una
prudente distancia respecto a las pulsiones normativas de la venerable
institución– no se arroga
competencias prescriptivas, rechaza explícitamente que su libro pueda ser
colocado en la balda de la
«investigación científica» –si bien su quisquilloso rastreo por los corpus corde y crea es
algo más que un divertissement gramatical
y, concretamente, léxico– y declara que Estilo
rico, estilo pobre es, ante todo, el resultado de su experiencia como
editor, ese lector de miles de páginas que, más pronto que tarde, acaba
preguntándose qué hacemos con la lengua con tal de expresarnos y escribir bien,
con tal de «encontrar estilo». A pesar de que no es la única, la principal
herramienta analítica a la que recurre el escritor y editor para identificar
estropicios estilísticos y destripar algún que otro curioso fenómeno gramatical
es la denominada «sintaxis léxica» (pp. 21, 211, 215 y 237, entre otras) o colocación, es decir, la relación que
establecen las palabras concretas al combinarse (o no) con otras palabras
concretas.
Si en la primera parte, «Estilo rico» –título obviamente irónico–,
en la que destacan por su minuciosidad y por la selección de algunos ejemplos
hilarantes los tres textos dedicados a los verbos declarativos (pp. 47-67),
Magrinyà carga irónica pero implacablemente contra esos aspirantes a estilistas
(o esos estilistas ya irrecuperables) que, dominados por la búsqueda del «buen
estilo», por el afán de acceder a un registro elevado, por la aspiración a ser
«matizados», intensos, precisos y exactos (p. 106) o, simplemente, por la
«ansiedad expresiva» (p. 53) ignoran las construcciones fijas, se empecinan en
eludir los verbos funcionales, asumen casi religiosamente la consigna de no
repetir, creen que la sinonimia –y no el siempre saludable vacío– es la gran panacea
y exhiben sin rebozo su irritante aversión a la simplicidad, en la segunda
parte («Estilo pobre»), de la que personalmente recomendaría la lectura atenta
de los textos sobre la hiperonimia (pp. 163-183), los mordaces dardos del autor
apuntan en sentido contrario: lo que aquí desnuda Magrinyà es la molicie
expresiva, la pereza inercial, el desconocimiento de la lengua, los
automatismos, los calcos del inglés inconscientes (es decir, la ignorancia) o
deliberados (es decir, la presunción), el regodeo en lo superfluo, la
alteración de locuciones asentadas (o «naturales») y, en fin, la falta de
memoria, diligencia y atención (p. 177). En su último tramo, el libro recoge
dos textos desenfadados (y muy divertidos) que tratan, respectivamente, de la
tantas veces fallida pretensión de naturalidad léxica y del interesante
fenómeno de la neutralización. Antes, en la tercera parte, a mi juicio la más
«científica», Magrinyà se ocupa de analizar algunas cuestiones que normalmente
no son objeto de atención en los estudios de los savants y muestra con rigor y mucha gracia que las preposiciones
–normalmente incluidas en la categoría de las denominadas stop words, es decir, en esa clase de palabras que tienen un
significado solo gramatical y no referencial– juegan un rol morfológico y
semántico no menor (cf. pp. 209-210)
cuando caen en manos de autores estilistas y/o abúlicos.
Cabe plantear si la
permanente apelación a la naturalidad, la neutralidad y las formas fijas que
hace el puntilloso Magrinyà encubre una suerte de tendencia «lexicida» o, peor
aún, una preferencia inconsciente por el denominado plain style. No creo que Magrinyà tenga ningún ánimo censor o
inquisitorial. A fin de cuentas, su último libro no trata, en realidad, de la
corrección en sentido estricto, sino más bien de las consecuencias tanto de las altas pretensiones como de las
negligencias estilísticas. Y la tesis, si es que hay una sola tesis, es que
podemos «explorar la variedad sin perder naturalidad» (p. 180) y, sobre todo,
que, en último término, el estilo es una cuestión que depende de las elecciones que hacemos al expresarnos (cf. pp. 179, 216 y 231, entre otras). Algún escritor damnificado
por la perspicacia de Magrinyà –tomando en préstamo un par de expresiones que Constantino
Bértolo escribió en el prólogo a la reedición de Cuentos de los noventa (2011), podría decirse que las observaciones del escritor mallorquín se mueven
entre el «respetuoso desapego» y la «compasión burlona»– ha protestado en
público en defensa de sus elecciones estilísticas. Bien, digamos aquí que el
propio Magrinyà se castiga a sí mismo en cinco ocasiones con ejemplos tomados
de su propia obra narrativa. Esto no solo revela una actitud necesaria en un
país caracterizado por la hostilidad beoda y cerril a cualquier forma de
autocrítica. Constituye también un signo de honestidad intelectual, virtud de
la que tampoco andamos sobrados.
Luis Magrinyà, Estilo rico, estilo pobre (prólogo de José Antonio Pascual), Madrid: Debate, 2015.
[p. m., La bolsa de pipas. Revista literaria trimestral, núm. 99, otoño 2015]
jueves, 10 de septiembre de 2015
La razón no importa: de hecho, tenerla es un coñazo
Playa de Es Trenc (Mallorca)
«[...] Mi mensaje cae conmigo
sin mirador, las cuerdas de un trapecio
suspendido, otros días,
de mi cabeza sobre el cielo»
(Gilberto Owen)
*
domingo, 16 de agosto de 2015
viernes, 10 de julio de 2015
viernes, 3 de julio de 2015
James (jurista & artista) a propósito del fallo del Tribunal Supremo de EEUU en el caso Obergefell
Me
pregunto por qué ni Jean-Yves Jouannais (Artistas
sin obra: «I would prefer not to») ni Vila-Matas (Bartleby y compañía) aluden en sus respectivos Grandes Tratados del
NO a James, escritor ágrafo y artista (multidisciplinar) sin obra donde los haya. Bueno,
nadie es perfecto, aunque uno no pierde la esperanza de que, en futuras
reediciones, ambos libros hagan justicia a este verdadero héroe de la «activa
inacción artística». Hace unos días se hizo público el fallo del Tribunal
Supremo de los Estados Unidos en el caso Obergefell et al. vs. Hodges et al.,
sentencia en virtud de la cual el matrimonio entre personas del mismo sexo –o,
para los que gustan de acuñar expresiones tan aparentemente novedosas como
semánticamente equívocas, el «matrimonio igualitario»– está amparado por la enmienda
XIV de la Constitución federal. Las
leyes de los catorce estados que hasta el dictado de la sentencia vetaban el
matrimonio homosexual reciben así inmediata tacha de inconstitucionalidad y, dicho
sencillamente –y para no extenderme con explicaciones inútilmente técnicas–, «pierden
validez»: en otros términos, el matrimonio entre personas del mismo sexo es ya
un derecho ejercitable en todos los estados de la unión.
Haciendo
gala de su altivo y aristocrático desprecio a toda actividad dictada por el
imperativo de lo inmediato y de su cósmica indolencia existencial, James no
agarró el teclado para ponerse a escribir febrilmente: se limitó a espigar de
los magros archivos de su ordenador un texto que escribió cuando en España se
aprobó la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en
materia de derecho a contraer matrimonio –reforma que, dicho incidentalmente, y
en la medida en que su núcleo duro fue la mera adición de un párrafo de
dieciocho palabras al artículo 44 del cuerpo legal antes citado, nos hizo
recordar en su día la célebre frase escrita por Julius von Kirchmann en su
apólogo La jurisprudencia no es ciencia con
una media sonrisa en los labios– y a enviarlo a su lista de correo electrónico, a
la que me honro en pertenecer.
Recuerdo
que cuando leí el texto de James, hace ya diez años, me pareció muy bello, muy contenido,
nada «emocional» –vocablo hoy lamentablemente ubicuo– y, sobre todo, muy certero:
como si hubiera estado leyendo a Georg Henrik von Wright antes de ponerse a
escribir, James simplemente señala desde el título que lo que hay que celebrar
es el final de una discriminación –agrego, por si no se me ha entendido, que lo
que quiero decir es que el matrimonio es un derecho o, si nos ponemos
deónticamente estupendos, un permiso positivo, no una obligación–. Una de las
cosas que me llamaron más la atención es que el autor reivindica a Bentham –sí,
queridos amigos, nada menos que el inventor del panóptico–, autor generalmente
denostado por el típico progre buenrrollista que no lo ha leído –no hablemos ya
de Hobbes, el gran apestado de los biempensantes–. Pero James es un
liberal-izquierdista dandy, me parece –y si no es así, que me corrija–, al que todo
eso le da igual. Todo eso y bastantes cosas más. Aunque el texto es bueno,
he tenido que hacer auténticos esfuerzos para no realizar un editing –es esta una tendencia mía que tiene un componente altamente neurótico, lo admito–. Lo he dejado estar porque me temo que
James se habría indignado si se me hubiera ocurrido cambiar una coma de su
escrito. Bien, ahí va. Enjoy it.
El Fin de una discriminación hondamente callada
Las tropas del ejército soviético entraban en
Berlín, mientras que los bombarderos americanos y británicos
habían dejado ya reducida a escombros, entre otras muchas, la ciudad de
Colonia, de la que sólo se salvó su catedral por órdenes expresas del Alto
Mando Aliado.
Alemania había perdido la guerra, pero quienes la
comenzaron todavía tenían algunas deudas que saldar. Sus atrocidades
fueron calificadas de crímenes contra la Humanidad y se decidió la
creación de un Tribunal para exigirles su responsabilidad criminal.
Todos conocen bien esta historia: lo que no tantos
saben es que el Gobierno norteamericano había decidido no presentar cargos en
el Juicio de Núremberg por el genocidio cometido contra una de las
minorías perseguidas por los nazis: los homosexuales. La razón era
bien sencilla: en el año 1945, tanto en Europa como en Norteamérica, y
prácticamente en el resto del mundo, el amor cuyo nombre no podía ser
pronunciado estaba castigado con penas criminales, por lo que Alemania no
era, en este caso, una excepción al considerar delincuentes a esta categoría de
personas. Simplemente, la pena que allí se imponía era algo más severa.
La muerte era también el castigo previsto para la
conducta homosexual en las leyes criminales de la Europa del
siglo XVIII, hasta que a finales del mismo, el Código Penal de Napoleón decidió
reducir esta pena en sintonía con las tesis mantenidas por la Ilustración,
particularmente las de Cesare Beccaria. Sin embargo, este famoso penalista no
abogó, en su obra De los delitos y las penas, publicada anónimamente
en 1764, por la supresión del castigo para el crimen conocido como el
deleite griego sino, tan sólo, por una inaplicación de la sanción en
todos los casos, como en estos en que la prueba resultaba particularmente
difícil, lo que obligaba al acusador a torturar al acusado hasta
que confesara su delito.
Menos conocido en esta disciplina aunque igualmente
afamado en el pensamiento económico, Bentham, ya en el año 1785, había
defendido, en su obra titulada Los delitos contra uno mismo, que
carecía de sentido castigar a una persona por un comportamiento que, diríamos
hoy, pertenece al ámbito estricto de su intimidad personal: no cabe
sanción para una acción que no causa perjuicio porque, expresado con
sus propias palabras, el daño no se debe al acto en sí mismo sino a un
prejuicio, un prejuicio irracional que conduce directamente a la crueldad y a
la intolerancia.
En consecuencia, Bentham defendió que fuera
suprimida toda pena prevista para los actos contra natura, sin dejar de
aclarar que, a pesar de la repugnancia que éstos le producían, su gusto no
podía erigirse en criterio de justicia alguno ya que si la Ley estaba guiada
por el gusto de cada cual, se estaría edificando el Derecho sobre los cimientos
de la arbitrariedad.
No parece que durante más de dos siglos nadie
prestara demasiada atención a lo que este peculiar filósofo defendió,
tal vez porque en la introducción de su citada obra afirmó que no había oído
nunca a ningún jurista en toda Inglaterra haber dicho nada razonable para
justificar el castigo por esta clase de delitos; en realidad,
continuó Bentham, no había oído nada razonable de ningún jurista inglés ni
sobre éste ni sobre ningún otro asunto.
No fue, sorprendentemente, ni el
liberalismo político ni el económico el que consiguió que la igualdad y la
libertad llegaran a todos, tal vez porque los esfuerzos en el siglo XIX se
dedicaron a una lucha entre las clases dominantes del Antiguo Régimen frente a
las surgidas de la Revolución francesa. Y, una vez vencieron estas últimas, la
centuria posterior estuvo dominada por el enfrentamiento de la nueva clase
social surgida de la industrialización, la obrera, frente a la burguesía que
había salido triunfante de su anterior enfrentamiento.
Al igual que ocurrió en tantas otras
ocasiones, quienes comenzaron esta nueva batalla por su derecho a la
libertad y a la igualdad fueron los propios marginados, y como suele
ocurrir, lo que comenzó defendiendo una minoría revolucionaria acabó
convirtiéndose en la norma social o costumbre respetada por todos y, más tarde,
hecha Ley; aunque también podía ocurrir que el orden fuera el inverso.
Así sucedió con las sufragistas,
fueron primero unos cientos y, más tarde, la inmensa mayoría de las
damnificadas, quienes, después de tomar conciencia de la discriminación que se
cometía con ellas al negarles su derecho al voto, comenzaron manifestándose
contra la privación de sus derechos y continuaron luchando, una vez logrado el
voto, hasta conseguir abolir las demás discriminaciones de que eran objeto.
Del mismo modo, unos pocos homosexuales que
solían reunirse en un tugurio neoyorquino, casualmente llamado “The Stonewall
Inn”, hartos del acoso policial, plantaron cara a la policía en lo que
comenzó siendo una rutinaria detención y acabó en una batalla que se prolongó
durante dos noches más. Esta reyerta protagonizada por no más de quinientas
personas tuvo lugar a comienzos de un caluroso verano del año 1969; a finales
de los ochenta, las manifestaciones del orgullo gay que conmemoran ese
día reunían ya a cientos de miles de personas en las principales
ciudades de Occidente.
Parece que ahora el economista inglés empieza a ser
escuchado y, tímidamente en otros países, de manera nítida en el nuestro, se ha
decidido poner fin a esta injusticia y acabar con el último castigo
social que sigue vigente en los países democráticamente desarrollados: la
privación de derechos sin ley, sin pena, sin proceso y, lo peor, sin que se
haya cometido ningún crimen. Es un castigo por omisión, como
también existen los delitos por omisión, proveniente de una silenciosa y
durante demasiado tiempo tolerada estigmatización.
El camino recorrido ha sido largo, aunque reciente
la jurisprudencia contraria a esta forma de discriminación. Tan sólo en
2003, el Supremo de los Estados Unidos rechazaba que pudiera castigarse con la
cárcel el delito de sodomía, vigente entonces en la mitad de los Estados de
ese país, que estaba penado, en algún caso, tanto si se cometía entre
homosexuales como entre heterosexuales, dentro o fuera del matrimonio. Por esta
razón, el Supremo no habló de un atentado a la igualdad de derechos,
sino que declaró inconstitucionales estos castigos por violar el derecho a la
intimidad de las personas, haciendo suya la doctrina defendida por Bentham
durante más de doscientos años de soledad, según la cual existe un ámbito
privado en la vida de las personas dentro del cual el Estado no puede nunca
interferir.
Una injerencia que sin embargo era masiva hasta
hace pocas décadas en prácticamente todo el planeta: un
delito primero penado con cárcel y, más tarde, con la privación de derechos
civiles, fiscales, laborales y sociales. En España no fue hasta el año
1979 cuando fue derogada formalmente la Ley de Vagos y Maleantes, que
criminalizaba hasta entonces a estas personas, como ocurría en el resto del
mundo, pese a que en los países del llamado mundo occidental se había aprobado
la Declaración Universal de Derechos Humanos en el año 1948, cuyo artículo
primero rezaba y sigue rezando “todos los seres humanos nacen libres e iguales
en dignidad y derechos”.
Bien, hoy somos conscientes de que nuestro
país, por una vez en la Historia contemporánea, ha ido a la vanguardia del
mundo en la defensa de los Derechos Humanos, aunque todavía quedan
personas, incluso juristas, que, sin haber dado una sola razón para justificar
esta discriminación, la defiende sin causa ni pudor. Tal vez sea hora de
recordarles a los pocos que lo siguen haciendo orientados por el dogma católico
que la sociedad, como ya se descubriera sobre La Tierra, eppur si muove, y últimamente lo hace en contra de toda discriminación
irracional que esté basada en la raza, en la religión, en el sexo o en la
orientación sexual, o bien en cualquier otra condición personal o social.
En la ciudad de Berlín existe un museo en recuerdo
de las víctimas del Holocausto nazi. En una pequeña placa que hay
a su entrada aparece escrita una breve leyenda que declara que ese museo ha
sido levantado en homenaje a todos aquéllos que fueron perseguidos o asesinados
durante la época dominada por el nazismo, y no olvida recordar
expresamente que parte de ellos lo fueron por una sola razón: su homosexualidad.
James (jurista & artista)
*
sábado, 27 de junio de 2015
Las buenas intenciones
Si mi
respuesta a las solemnes proclamaciones de buenos propósitos que un amigo mío
verbaliza invariablemente después de los gargantuescos fastos navideños y de la
ineludible borrachera de fin de año –apuntarse a un gimnasio, mejorar su
inglés, leer (más) teoría postcolonial, dejar de fumar, dejar de beber, dejar
de blasfemar y similares– suele ser un silencio indulgente, fraternal y hasta
caritativo –sé positivamente que no hará nada de lo que se promete a sí mismo y
que todo seguirá igual–, la reacción que disparan en mi mente esas vigorosas
declaraciones de intenciones que, cuando empieza a apretar el calor, algunos
incautos vierten con un dejo de injustificada jactancia en sus rostros –típicamente:
«este verano voy a leer todo lo que no he podido leer durante el año»– se
parece bastante a lo que Beckett llamó la risa sin alegría: lo primero que
pienso es que estoy hablando con un iletrado que, sin que nadie se lo haya
preguntado, reconoce implícitamente que no lee ni relee nunca o casi nunca.
*
miércoles, 24 de junio de 2015
Ferlosio, las cosas de la lógica y la lógica de las cosas
(Para Rosa Rossi)
Anoche he
sentido una fuerte emoción al leer, citadas en un libro, estas palabras de
Teresa de Ávila: «En lo que he vivido he visto tantas mudanzas, que no sé
vivir». El pobre pícaro de aquellos tiempos creía que en la mudable confusión,
en la ruidosa y agitada sinrazón de cuanto lo rodeaba, aprendía a vivir,
adquiría lo que hoy llaman «experiencia del mundo». A semejanza de él, el
marginal del siglo xx que aprende a bandeárselas logra,
siquiera sea precariamente, «salir adelante» dentro del medio dado,
proclamando que «la calle le ha enseñado todo lo que sabe de la vida», toma por
experiencia lo que al igual que el savoir
vivre de su contrafigura, el burgués acomodado, no es más que la
claudicación ante «la lógica de las cosas», o sea cruda adaptación, que viene a
ser exactamente lo contrario que experiencia, pues adaptar y acostumbrar la
mirada al «mundo como es» es, a la vez, cegarla para ver «cómo es el mundo».
Con su «no sé vivir», Teresa de Ávila expresa el extrañamiento del mundo y de
la vida, el sentimiento de alienidad, de distancia y de vulnerable desnudez con
respecto al medio dado, sentimiento de intemperie que es justamente el solar
raso sensiblemente receptivo a la experiencia. Hoy, lo mismo que en el siglo xvi, en todo «saber vivir», ya sea de
siervos o de señores de la calle, hay objetivamente como una especie de coágulo
obstructor, de indisoluble trombo circulatorio de estolidez o de
encanallamiento.
[Rafael
Sánchez Ferlosio, Campo de retamas
(Pecios reunidos), ed. al cuidado de I. Echevarría, Barcelona, Penguin
Random House, 2015, 85-86.]
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