Toñi Moreno, detestable doppelgänger cutre de la detestable Oprah Winfrey
Últimamente hemos visto con demasiada
frecuencia el espectáculo poco edificante de ciertos fiscales que ignoran abiertamente su función constitucional, que
no es otra que «promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad,
de los derechos de los ciudadanos y del interés público [nota bene: el interés
público no es el interés del público] tutelado por la ley, de
oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de
los tribunales y procurar ante ellos la satisfacción del interés social». Copio
y pego el texto de una noticia que me devuelve por un día la fe en el ministerio público.
Fuente: diario El País. Redactor: Ramón Muñoz.
La
fiscalía denuncia a ‘Entre todos’ por usar a un menor discapacitado
El
Ministerio Fiscal ha presentado una demanda en un juzgado de primera instancia
contra RTVE, el programa Entre todos y la productora Proamagna por vulnerar
presuntamente los derechos a la imagen y a la intimidad personal y familiar de
un niño con discapacidad. La Fiscalía pide una indemnización para el menor de
15.000 euros por daños y perjuicios.
En
el caso objeto de la demanda, a la que tuvo acceso este diario, el Ministerio
Fiscal considera que se utilizó la imagen del niño enfatizando su discapacidad
“con fines conmiserativos” y mendicantes, aludiendo reiteradamente a datos
sensibles de su vida familiar. Además, el menor era fácilmente identificable,
pues en la emisión del programa se facilitó el nombre y apellidos del padre,
así como las iniciales del menor. Por otra parte, su rostro apareció en
pantalla “débilmente pixelado” y el resto de su imagen quedaba a la vista de
los espectadores, facilitando su identificación.
La
demanda, que ya ha sido admitida a trámite, se hace extensiva, como
“responsables solidarios”, a Proamagna, productora de Entre
todos; Nicolás Díaz Bustos, director del programa, y RTVE. Una
portavoz de la Corporación confirmó a este diario que han recibido la demanda y
están estudiando las alegaciones.
En
la misma, se asegura que ni el progenitor, ni RTVE ni los responsables del
programa Entre todos informaron al Fiscal del uso de la imagen e intimidad del
menor en el citado programa, en contra de lo dispuesto en el artículo 3 de la
Ley Orgánica 1/1982 de protección civil del derecho al honor, la intimidad
personal y la propia imagen.
La
citada norma establece que el consentimiento debe otorgarse por escrito por el
representante legal, pero añade la obligación de este último de poner en
conocimiento previo del Ministerio Fiscal el consentimiento proyectado. Esta
comunicación, que no actúa como censura previa, es necesaria para dar validez
al consentimiento del representante legal.
La
Fiscalía de Menores, que en este caso actúa de oficio, considera que los
responsables del espacio utilizaron indebidamente la imagen de un niño con
discapacidad y exhibieron públicamente datos sensibles de su vida personal y
familiar.
De
hecho, se incluyó información sobre el ámbito personal, escolar, familiar y
vecinal en el que el niño desarrolla habitualmente su vida. “Con tantos datos
personales y referencias identificativas, el niño pudo ser identificado
perfectamente en su círculo más próximo”, fundamenta la Fiscalía. En su
argumentación, considera que la imagen que se ha transmitido del niño con
discapacidad en el programa dista mucho de ser integradora. “Cae de lleno en la
óptica caritativo/paternalista de la desgracia familiar enfatizando
negativamente la discapacidad”, añade la demanda.
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